El juez del Contencioso Administrativo número 4 de Madrid ha valorado el recurso del jugador Sergio Canales contra la sanción de cuatro partidos que recibió la pasada temporada, cuando jugaba en el Betis, al decidir que su expulsión ante el Cádiz en La Liga fue premeditada por parte del árbitro Antonio Mateu Lahoz.
Los órganos disciplinarios de la Federación Española de Fútbol (RFEF) sancionaron a Canales con 4 partidos y una multa de 601 euros en marzo de este año por confirmar, al finalizar el partido ante el Valladolid, el 18 de febrero, que el árbitro Antonio Mateu Lahoz Los había expulsado de forma premeditada en el choque contra el Cádiz disputado en octubre. La sentencia que leyó EFE afirma que se han vulnerado los principios de tipicidad, culpabilidad y presunción de inocencia de Sergio Canales, motivado por un error de expresión e interpretación en las declaraciones del jugador. Luego de este fracaso, Canales podrá competir con su actual club, Rayados de Monterrey de México, en el próximo campeonato Clausura 2024 sin ningún tipo de sanción.
El jugador recurrió a la justicia ordinaria luego de que no se estimaran sus recursos y obtuvo la suspensión cautelar de su pena cuando ya había cometido una de las acciones sancionatorias. Canales sostuvo que su comportamiento “siempre con los árbitros dentro y fuera del terreno de juego ha sido ejemplar, mostrándoles el máximo respeto a lo largo de mi carrera profesional”. Gracias al Betis, a su agencia y abogados “que han conseguido” las “últimas consecuencias”.
El Comité de Competición aprobó el paso de Canales el 29 de marzo. El entonces capitán del Bético recurrió posteriormente ante la Comisión de Apelación y basó su recurso en que no pronunció la palabra “premeditada”, sino que dijo un término “ininteligible” y “lo que pretendía decir era que había sido sancionada en de manera apresurada (pues los goles fueron muy rápidos y no tuve tiempo de hablar con él), considerando que confirmar que el árbitro se apresuró, entraría en los límites de la libertad de expresión”, algo que se acredita en videos de declaraciones realizadas en días posteriores.
La denuncia recoge estos argumentos, para la difusión de las declaraciones de Canale en un medio de comunicación, porque la denuncia realizada por el director de seguridad de la RFEF dio lugar al expediente de transcribir el término “premeditada” y constituye la base para considerarla como una infracción grave. según el artículo 106. Posteriormente el juez escuchó al TAD y dictó la suspensión cautelar de la sanción que le había sido denegada, por lo que fue trasladada a la justicia ordinaria la cual dio resultado a su favor.
La reacción de Mateu Lahoz
El experto Mateu Lahoz, por su parte, declaró que estos miércoles en Gran Canaria tienen “la conciencia tranquila”, tras conocer la frase. Sostiene que la expulsión del jugador cántabro no fue premeditada y que se debió a dos protestas “que no se sintieron”, ambas en el tiempo de prolongación del citado choque. “Me alegra que pueda acceder al audio y resolver la situación. Es lindo que se pueda escuchar a los árbitros y que haya más transparencia, no hay nada que ocultar”, afirmó.
“Si ahora le han dado la razón a ella (Canales) es que hoy en día no podemos coaccionar la libertad de expresión de las personas. En este caso quizás pensé que fue premeditado, pero a mí no le falté el respeto porque tengo la conciencia súper tranquila. Hubo dos protestas que no parecieron nada, podría haber tenido más paciencia teniendo en cuenta que era el minuto 97, pero eso es lo mismo que pensaba en este tipo de partidos”, apuntó. La directiva decidió que tras la primera naranja mostrada al jugador cántabro pasaran “nuevos o diez segundos y tuvieran tres tiempos como les digo”.
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