Cesta navideña: ¿puede la empresa sorprenderse siendo un regalo? ¿Es legal que los jefes incluyan jamón? | Mis Derechos | Economía

Alex Onciu

Asistir a las fiestas navideñas y recibir un regalo de la empresa es siempre una ilusión y además una forma económica de aliviar los gases altos de estas fiestas. Aunque parezca una costumbre sencilla, la ley también regula la tradicional cesta navideña.

Sepa si es un detalle de la empresa o de pertenencia de los trabajadores por derecho o si la empresa puede dejarle verse involucrado en situaciones de crisis económica ya que, entre otros problemas, los principales problemas de esta tradición caen dentro de la ley y las decisiones de los tribunales de justicia.

¿Es una donación o un derecho adquirido?

La entrada de la cesta navideña supone una “liberación del empresario, siempre y cuando no esté previsto en ningún caso, seas el individual o el colectivo”, asegura Montse Rodríguezdirector nacional laboral de BDO Abogados.

Sin embargo, como en principio se trata de una decisión unilateral de la empresa, puede transformarse en una condición más ventajosa que “genera un derecho de compra al trabajador” siempre que se cumplan una serie de requisitos, según esta decisión.

¿Cuáles son los requisitos que exigen los tribunales para tener un derecho adquirido?

Los tribunales entienden que la cesta de Navidad –como acto voluntario o generosidad empresarial– es un derecho que adquieren los trabajadores cuando cumplen una serie de requisitos.

En primer lugar, se trata de un ejercicio regular, constante y repetido en el tiempo. Pero el mejor mantenimiento durante la entrega de la cesta no exige por qué concluye con su calificación como derecho adquirido o condición más ventajosa. Susana Rodríguezabogada de Legálitas, asegura que el Tribunal Supremo considera “necesario que en esta persistente implementación se descubra la voluntad empresarial de introducir un beneficio que incremente lo dispuesto en la ley o el convenio”.

En segundo lugar, el requisito más importante: lo que usted dice se hace con la intención plena y consciente de beneficiar a los trabajadores. Deberá demostrar la voluntad empresarial expresada de conceder una ventaja si no está obligado por norma legal, convenio o respeto contractual con los trabajadores. Este es el segundo requisito, el siguiente Montse Rodríguez“es el factor decisivo para que la entrada de la cesta navideña no sea catalogada como un acto de mera generosidad o un acto de tolerancia por parte del trabajador”.

En general, estos requisitos no pueden ser modificados ni eliminados por una empresa que tenga un derecho unilateral. En los casos en que la empresa decida eliminar la cesta navideña deberá seguir el procedimiento establecido en el Estado de los Trabajadores para la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

¿Qué pasa si hay una absorción o fusión de empresas?

Si tienes que seguir recibiendo la cesta. En este caso, el Tribunal Supremo dictaminó que la jurisprudencia niega que la fusión de empresas pueda alterar la naturalidad de este beneficio para los trabajadores.

el abogado Adrián Garzón Ximénez precisa que la jurisprudencia del Tribunal Superior considera que la condición más ventajosa para recibir esta donación “puede eliminarse unilateralmente, ya que se produce un nuevo convenio colectivo más favorable, la modificación de las condiciones de trabajo o un nuevo acuerdo novatorio” entre el trabajador y empresario.

¿Pueden los trabajadores reclamar la cesta de envío?

Sí. El trabajador podrá reclamar su compromiso siempre y cuando éste le sea reconocido como un derecho por ley, por concurso colectivo o por acuerdo con el empleador. Incluso cuando se demuestre que tiene su origen en una condición más ventajosa o en el derecho adquirido por el trabajador.

En estos casos habrá que acudir a los tribunales para iniciar una reclamación de reconocimiento de derechos y de cantidad. Susana Rodríguez Recomienda escuchar el juego cuando el derecho a recibir la cesta navideña tiene “su origen en una norma de escucha o convencional o bien porque el trabajador puede acreditar que es una condición más ventajosa y, por tanto, exigible”.

¿Puedes instar a que tu valor sea recibido como un extra en la tierra?

El trabajador puede negarse a recibir la cesta navideña cuando pague un obsequio a la empresa y no una sanción legal o convencionalmente establecida.

Sin embargo, cuando se trata de un acto de generosidad, la persona trabajadora no puede exigir al empresario que, en lugar de hacer negocios con la cesta, sustituya este regalo por una cantidad de dinero equivalente a su valor.

¿Necesitas actualizar tu valor con el IPC?

Los tribunales responden a la obligación de sufrir el valor de la cesta navideña para acompañarlo del incremento del IPC aunque se considere parte del trabajo del empleado. Montse Rodríguez recuerda que una sentencia reciente de un juez social de Gijón (acceso aquí a su contenido) declaró que “el valor de la canasta de envío no se actualiza con el IPC y que, aunque se considere salario especialmente para efectos de pago o tributación, nadie supone que deba depender de las actualizaciones reales del salario “.

Es necesario actualizar rápidamente la canasta porque está compuesta por productos alimenticios que están sujetos a una alta inflación en los últimos años, por lo que este es un tema importante por lo que es una condición más ventajosa. La Audiencia Nacional, en sentencia de 2023 (acceso aquí a su contenido), reconozco que no es posible extrapolar el carácter retributivo de la cesta navideña del resto de “salarios” contemplados en el programa colectivo y sus posteriores actualizaciones anuales porque es un concepto que no proviene del norma convencional ni se reconoce en la misma, tuerca que tiene su origen en la mera voluntad de suministro por parte de quien la implementa.

¿Pueden los jefes tener una cesta de mayor valor?

Del mismo modo que existen diferencias salariales, tener cestas navideñas de diferentes valores en una organización no tiene por qué ser, inicialmente, contrario a la ley o al principio de igualdad. Cuando te enfrentas a un acto de generosidad por parte del emprendedor, el valor de este regalo depende de tu decisión.

Sin embargo, según recuerdo Susana Rodríguezcuando se trate de un derecho reconocido en un convenio con la empresa “se podrán establecer los requisitos como antigüedad, objetivos, etc., que deberá colaborar con el trabajador para tener derecho a la cesta”.

¿Necesitas pagar las cantidades y pagar la seguridad social?

Enviar una fiesta de Navidad a los trabajadores, condición más ventajosa o de mayor generosidad de la empresa, se considera seguro Montse Rodríguezcomo “retribución en especie y, en consecuencia, debe tributar y cotizar como tal” tanto a la Seguridad Social como a Hacienda.

La Dirección General de Impuestos recuerda que cuando se contraten lotes de Navidad en la empresa se considerarán como rendimiento laboral completo y, por tanto, el asiento correspondiente tendrá que calcularse en función del salario de la especie. La empresa podrá anotarlos como gastos fiscalmente deducibles de los efectos de la aportación social, “salvo que sea necesario comparecer en reunión colectiva o convenio con alguien, siempre que el pago esté justificado y se compruebe su adecuación a usos y tradiciones”. verificado”, continúa Adrián Garzón.

¿Puede la empresa llamar a este servicio si se pierde?

El Tribunal Supremo considera en una sentencia reciente (iniciar sesión) aquí a su contenido) que ante una crisis económica de la empresa puede denegar la entrada de este capricho navideño en virtud de la mala situación económica que ha atravesado la misma durante los últimos años y que ha posibilitado la entrada de la cesta.

De esta forma, la Sala de lo Social del Tribunal Superior revocó la sentencia de la Audiencia Nacional que obligaba a la empresa a recibir este regalo para señalar que, como muestra de agradecimiento entre los sindicatos y el comerciante, uno de los malos resultados financieras en un ejercicio financiero determinado son suficientes para hacer ineficaz su cumplimiento.

En este caso, Marco saludó entre sindicatos y empresas estables en el apartado “Mejoras Sociales” de que la entidad entregará una cesta de Navidad a los empleados “siempre y cuando las condiciones económicas lo permitan”.

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By Bixintxo Armendáriz Campos

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